Ruidos molestos: Tribunal confirmó rechazo al Programa de Cumplimiento presentado por Trotamundos Terraza de Quilpué
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por el pub Trotamundos Terraza de Quilpué en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), pues determinó que esta actuó correctamente al rechazar el Programa de Cumplimiento (PdC) presentado por el establecimiento en el marco de un procedimiento sancionatorio llevado en su contra por infracción a la norma de emisión de ruidos.
La sentencia realizó un análisis técnico de la medida propuesta por el local nocturno para dar solución a la generación de ruido, concluyendo que la acción propuesta por el establecimiento de entretención no era capaz de mitigar dicho ruido. Entonces, sigue, el PdC no cumplió con el criterio de eficacia exigido por la legislación respectiva, por lo cual correspondía que la SMA lo rechazara.
“Además, el referido rechazo está debidamente fundado en la resolución reclamada, cumpliendo -de esta forma- con el estándar de la debida motivación, establecido en el artículo 41, inciso cuarto, de la Ley N° 19.880”, agrega la sentencia tras evaluar que los tres argumentos entregados por la SMA para explicar el rechazo eran pertinentes: la baja densidad de las cubiertas para limitar el sonido; la necesidad de instalar limitadores acústicos y la falta de medidas para la terraza del recinto.
El Tribunal llamó la atención respecto a que el pub pretendía dejar sin efecto la resolución de la SMA que rechazó el programa de cumplimiento sobre la base, principalmente, de los resultados del informe técnico que solo presentó en el marco de la tramitación de la reclamación y que, por lo tanto, no había sido visto con anterioridad por la Superintendencia. “(…) mal puede imputarse una ilegalidad si la reclamada se vio impedida de pronunciarse respecto de los antecedentes acompañados en esta sede, al no haber sido presentados en la etapa procedimental que correspondía”, puntualiza al respecto.
