Tarjeta Cencosud deberá pagar multa de $7.000.000 por enviar a clientes por error a Dicom

Tras una denuncia interpuesta por el SERNAC, la justicia condenó a Tarjetas Cencosud (Cat Administradora de Tarjetas S.A.) por enviar a Dicom a un grupo de 139 consumidores durante el periodo comprendido entre abril de 2023 y marzo de 2024, pese a que muchos habían cumplido con sus compromisos financieros, y en otros casos, ya se habían extinguido dichas obligaciones, de acuerdo a la norma vigente.

El ente fiscalizador, a partir de una supervisión basada en riesgos del mercado financiero, constató que existía un centenar de reclamos de parte de los consumidores, quienes indicaban que habían sido informados en el registro de morosos, pese a pagar sus deudas con la empresa.

La investigación arrojó que la empresa faltó a su deber de cuidado y profesionalidad establecido en la Ley del Consumidor (N° 19.496), al dañar la reputación y dignidad de las personas afectadas. Además  de infringir los artículso 6, 9 y 18 de la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada establece, por cuanto dicha norma establece explícitamente que los datos personales de los consumidores deben eliminarse o cancelarse si su almacenamiento carece de fundamento legal o ha caducado. Adicionalmente, es deber de los proveedores eliminar de los registros del Boletín Comercial a las personas, una vez que hayan transcurrido cinco años desde que la respectiva obligación se hizo exigible.

Finalmente, el tribunal, tras analizar los antecedentes, acogió la denuncia y argumentación del SERNAC, en todas sus partes, aplicando una multa de 100 UTM a Tarjetas Cencosud, esto es, casi$ 7.000.000 y pago de costas al proveedor.