Juzgado de Garantía de Valparaíso decreta prisión preventiva e internación provisoria para imputados por asalto en tienda Paris
El Juzgado de Garantía de Valparaíso decretó hoy la medida cautelar de prisión preventiva para dos adultos, y de internación provisoria para un tercero menor de edad, imputados como parte de la banda que asaltó, el pasado jueves en la noche, la tienda París del sector del Nudo Barón.
Los tres sujetos fueron formalizados por de ochos delitos: robo con violencia, homicidio frustrado, atentado contra Carabineros, porte ilegal de arma de fuego, porte ilegal de municiones, disparos injustificados, receptación y asociación criminal.
En la audiencia, la magistrada Verónica Rivera dio por acreditados los hechos y accedió a la solicitud de medida cautelar solicitada por la Fiscalía, por lo que decretó la prisión preventiva respecto de Juan Daniel Escobar Valdivia y Guillermo Vicente Péndola Guerrero, y la medida de internación provisoria de M.B.E.V.
Esto, precisó, “por estimar que todas sus libertades constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad, conforme al artículo 140, letra C del Código Procesal Penal, dese ingreso entonces al Complejo Penitenciario a los adultos y al Centro de Limache al menor de edad”.
Al razonar, la magistrada Rivera tuvo en vista la asociación criminal de la banda delictiva, argumentando que “(…) entiende este tribunal que de la sola revelación de los roles que hay ahí, con el uso de armas de fuego, con el uso de humo para evadir o facilitar su cometimiento, con diversos extintores en manos de ellos, con diversas armas impidiendo entonces la evitación del delito, entiende que sin duda estamos frente a un tipo de agrupación pocas veces vista, en que además se establece que existen más de diez personas, tal como lo dice el fiscal, con unos roles definidos por cada uno de ellos. ¿Para qué? Para obtener un beneficio que sería un lucro, y en ese sentido, cometer delitos de mayor gravedad”.
Asimismo, sustentó su decisión en consideración a los delitos por los que fueron formalizados cada uno de los imputados, “(…) dos de ellos de la mayor gravedad, que claramente todos, a pesar de que uno tiene, enfrenta una reincidencia con una pena claramente mayor, todos tienen pena efectiva, mientras que el menor imputado, dado todos los delitos que enfrenta, claramente deberá proponerse en su oportunidad la pena, la sanción más grave que tiene, que es la sanción de la libertad, o sea, la internación provisoria. Por lo tanto, entiende este tribunal que de sobremanera se cumplen con todos los requisitos del artículo 140, letra C. Esto es la cantidad de delitos, la gravedad de los mismos, haber actuado claramente en grupo o pandilla, registrarse un par de ellos con medidas cautelares mientras cometieron el delito”.
El tribunal fijó en 6 meses el plazo de investigación.
