A tercer trámite obligación de las compañías telefónicas de individualizar a usuarios de celulares de prepago

Con 31 favor y 2 abstenciones, la Sala del Senado despachó a la Cámara Baja, el proyecto en segundo trámite, que modifica la ley General de Telecomunicaciones, en materia de individualización y registro de datos de los usuarios de servicios de telefonía en la modalidad de prepago.

Ahora los diputados deberán revisar los cambios realizados por los integrantes de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones, los que fueron respaldados por la Sala en la pasada sesión ordinaria.

Proyecto

La norma establece que las concesionarias de servicio público telefónico, antes de iniciar la provisión del servicio telefónico a usuarios que no tengan asociados la facturación mensual o el cobro de un cargo fijo, deberán solicitar los datos necesarios para su correcta individualización.

Se entenderá por ellos: el nombre completo, el domicilio, el número de cédula de identidad o número de pasaporte del usuario, así como la identidad internacional del equipo móvil (IMEI), la estación móvil de la red digital de servicios integrados (MSISDN) y la identidad internacional del abonado móvil (IMSI). El cliente registrado del respectivo servicio deberá ser mayor de edad.

En el debate en particular, se incorporó el deber de las empresas de mantener un registro actualizado de clientes, el que deberá mantenerse por 5 años; y de financiar un sistema de bloqueo de dispositivos robados, hurtados y extraviados. También se entenderá como delito, la adulteración del IMEI, cuya sanción se equipará a aquella que se aplica al delito de falsificación de instrumento privado.