Corte de Valparaíso ordena borrar “funa” en redes sociales contra expareja por deuda de pensión de alimentos

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección y ordenó a una mujer eliminar publicaciones realizadas en Facebook, Instagram y Threads, donde exponía públicamente a su expareja por una deuda de pensión de alimentos.

Según el fallo, aunque exista una controversia judicial por el incumplimiento de obligaciones alimenticias, ello no autoriza a difundir antecedentes personales, familiares y económicos en redes sociales con el fin de exponer o desacreditar a la otra parte.

Los jueces establecieron que las publicaciones constituyeron una “funa” que vulneró el derecho a la vida privada y la honra del afectado, ya que los antecedentes divulgados forman parte de una causa que se encuentra siendo conocida por un tribunal de familia.

La sentencia señala que la mujer reconoció haber realizado las publicaciones, pero argumentó que lo hizo debido al incumplimiento de la pensión de alimentos. Sin embargo, el tribunal concluyó que para exigir el pago de la deuda existen mecanismos legales y judiciales específicos, por lo que la exposición pública no resulta procedente.

Por ello, la Corte ordenó eliminar las publicaciones cuestionadas y abstenerse de efectuar nuevas publicaciones similares contra el recurrente.